17,18 y 19 de agosto de 2011.
de 14.00 a 21.00 hs
Sábado 20 desde las 10.00 a las 17.30 hs.
REGLAMENTO GENERAL DE CAMARA DENTAL CORDOBA- EXPODENT 2011
1.1 Expodent Córdoba 2011(22° Muestra de la Industria y Comercio Dental Argentina en Córdoba) se regirá por el presente Reglamento General y por las Circulares que se emitan, al cual pertenecen con igual validez: el Reglamento de Stand, el detalle de Superficies (lotes)y precios y los planos de la superficie. El desconocimiento de los presentes reglamentos no justifica su incumplimiento.
1.2 La planimetría podrá ser alterada sin previo aviso.
2. AUTORIDADES
2.1 La Cámara Dental Córdoba, en adelante C.D.C. es la organizadora de la muestra.
2.2 La realización integral de la Exposición estará a cargo de CDC. La Comisión Directiva de C.D.C. (en adelante CD) es la autoridad máxima de la Exposición y sus decisiones serán por lo tanto, inapelables.
2.3 La C.D se regirá por el presente reglamento general formando parte del mismo con igual validez, las normas para la realización de stand, normas para la solicitud y uso de servicios adicionales, los planos y las tarifas, los cuales se dan automáticamente por aceptados desde el momento de la firma de la solicitud de admisión. Hallándose el presente reglamento a disposición de los participantes y siendo ampliamente difundido, su conocimiento se presume “iure et de iure”(de pleno y absoluto derecho).
2.4 La C.D formará una subcomisión encargada de la ejecución y realización de la exposición, el Comité Ejecutivo (en adelante C.E.), órgano representativo de la C.D.C. Es la autoridad de la exposición y sus decisiones serán por lo tanto inapelables.
2.5 Es facultad exclusiva del C.E. la aplicación de todos los reglamentos mencionados precedentemente
y la interpretación de los mismos ante situaciones no previstas.
2.6 El C.E. podrá, en casos de excepción y cuando lo considere conveniente para un mejor
funcionamiento y mayor éxito de la exposición apartarse de las normas establecidas en el presente
Reglamento y/o modificar los anexos mencionados en Circulares o Boletines Informativos, siendo sus decisiones obligatorias para todos los participantes.
3. LUGAR Y FECHA DE REALIZACION
3.1 Expodent Córdoba 2011 se realizará en el Complejo FERIAL CORDOBA, sito Av. Cárcano s/n B° Chateau Carreras, de la ciudad de Córdoba desde el día 17 hasta el día 20 de Agosto de 2011.
4. CONDICIONES DE PARTICIPAntes y productos
4.1 Tienen derecho a participar de la Exposición todos los organismos gubernamentales, representaciones, instituciones oficiales o privadas, nacionales, extranjeras, empresas proveedoras de productos o servicios relacionadas con la Odontología, Entidades bancarias y financieras o de fomento y apoyo a la odontología, como así también sus instituciones de capacitación y formación. Entidades internacionales, nacionales, provinciales, municipales y empresarias, fabricantes, representantes oficiales y/o distribuidores exclusivos, importadores y prestatarios de servicios, relacionados con el tema de la muestra, una vez que la locación sea aceptada fehacientemente por el C.E. quien se reserva el derecho de admisión de la misma.
4.2 No serán admitidas para participar en el evento las firmas que mantengan deudas con C.D.C cualquiera fuera su origen, así como tampoco podrán ofrecerse para la venta y/o exhibición en la Exposición, productos cuya marca pertenezca a una firma que haya sido rechazada o con deudas con C.D.C. (Por el convenio de reciprocidad que CDC tiene también aquellas firmas que mantengan deudas con C.A.C.I.D)
4.3 CDC se reserva el derecho de admisión y permanencia en la exposición.
4.4 El C.E. a través de la Dirección Técnica (denominada en adelante Intendente de la Feria), podrá formular al respecto las observaciones que estime convenientes, conforme a las pautas establecidas en el Reglamento de Stand, el que forma parte integrante del presente, encontrándose en todo derecho de clausurar cualquier Stand que no respete las reglamentaciones o infrinja las restricciones descriptas en el mismo.
4.5 No esta permitido el ingreso a Expodent Córdoba 2011, de ningún tipo de animal .
5. CONDICIONES GENERALES
5.1 Para participar en Expodent Córdoba 2011 las empresas interesadas deberán presentar la Solicitud de Admisión completando todos los datos que se consignan en la misma.
5.2 La solicitud deberá ser presentada en los formularios oficiales.
5.3 La solicitud de admisión se considerara aceptada únicamente cuando CDC haya emitido la correspondiente factura y su recibo correspondiente, y así, en consecuencia, el expositor haya cumplido con el pago de la misma.
6. CONDICIONES DE VENTA
6.1 Los espacios son los indicados en los planos de la feria con su número y dimensiones correspondientes. El C.E. no aceptará reclamo de los expositores que consideren que la situación de sus superficies locadas
(Stand) se vea afectada por causas tales como: visuales obstruidas desde determinados ángulos debido a construcciones realizadas por otros expositores dentro de sus superficies (Stand) y en condiciones reglamentarias, o construcciones que el C.E. realice en espacios comunes de la muestra para fines institucionales, promocionales y/o decorativos.
6.2 Los precios y forma de pago por metro cuadrado de cada espacio son los preestablecidos por CDC, pudiendo ser área libre (sin montaje) o con montaje básico. Los precios fijados representan el valor de la locación del espacio durante el tiempo de preparación, exhibición y desarme. La locación del espacio comprende la iluminación, vigilancia y limpieza general del “recinto de exposición”.
6.3 El C.E. proveerá sin cargo alguno para el expositor los siguientes elementos y servicios:
A) Cartel de expositor
B) Publicidad y promoción general de la exposición que imponga el C.E.
C) Asesoramiento y administración general a través de la secretaría administrativa de CDC.
D) Credenciales e invitaciones de acuerdo a lo indicado en el punto 13 del presente reglamento.
E) Provisión temporaria de elementos de limitación entre superficies (Stand), en el caso que se pida.
6.4 El expositor no podrá ceder, donar, vender, alquilar, transferir ni compartir el espacio adjudicado ni parte del mismo. En caso de incumplimiento de la presente cláusula, previa intimación fehaciente y perentoria mediante escribano público, el C.E. podrá disponer la clausura del stand en forma definitiva, perdiendo el expositor todo lo abonado en concepto de indemnización a favor del ente organizador de la muestra, o la sanción que el C.E. disponga en esa oportunidad.
6.5 El sorteo se realizara en el siguiente orden: En primer lugar los socios que reserven mayor cantidad de stand. Luego y en forma sucesiva, los socios que reserven un numero de stand en forma decreciente. Luego, será del mismo modo para los No socios.
6.6 La elección del o los stand estará a cargo, en forma exclusiva, del titular de la firma compradora. En el supuesto de que envíe a otra persona en su nombre, esta deberá presentar una autorización en papel membrete de la empresa, firmada y sellada por el titular
6.7 La cantidad y elección de stand se regirán de la siguiente manera:
Al momento de efectuar la compra, el expositor enumerará la cantidad total e indicará el tipo de islas (ej: compra 10 módulos, isla de 4 (1) + isla de 6 (1).
A) Stand 1 módulo: se podrán adquirir individualmente de 1(uno), de 2 (dos) o hasta un máximo 3 (tres) stand.
B) Stand 4 módulos, 6 y 8 módulos: se podrá adquirir la cantidad deseada.
6.8 La modalidad de pago del stand es la siguiente:
El precio del espacio se dividirá en once cuotas o partes.
Al momento de efectuar la reserva, en nuestra sede, se deberá abonar en concepto de seña, con cheque a fecha la 1° cuota (o parte) del stand, antes del 30 de Octubre del 2010. Dicho importe será tomado en concepto de reserva. No se podrá ingresar al sorteo sin haber abonado la misma.
En ese mismo acto se deberá entregar el formulario, debidamente completado, de Solicitud de Participación.
El saldo del importe del stand, una vez abonada la reserva, serán las 10 cuotas restantes, la segunda cuota, se abonará antes del 15 de noviembre de 2010. El resto de las cuotas se deben abonar en forma sucesiva los días 15 de cada mes (o el día hábil inmediato siguiente), hasta el mes de Julio 2011. Los pagos solo podrán efectuarse mediante cheque propio de la empresa, depósito o transferencia, no aceptándose como pago, por razones de seguridad valores en efectivo o cheques de terceros.
Aquellas empresas que cancelen con PAGO TOTAL (la reserva + las 10 cuotas), se les bonificará la cuota N° 10, por lo que deberán enviar el pago del saldo, en 9 (nueve) cheques posdatados antes del 15 de noviembre de 2010.
Las empresas que no cancelen con PAGO TOTAL, deberán abonar en forma sucesiva las 10 cuotas, los días 15 de cada mes(o el día hábil siguiente), hasta el mes de Agosto 2011.
En caso de optar por pagar en cuotas mensuales, no corresponderá el descuento. En ese caso las empresas deberán depositar los importes correspondientes en la cuenta Corriente estipulada, a nombre de CAMARA DENTAL CORDOBA y remitir por fax o mail a CDC, la boleta de depósito, preferentemente desde el número de teléfono del contratante. Los formularios de Solicitud de Participación deberán enviarse por correo postal, firmados y sellados en original por el titular de la empresa.
.6.9 El incumplimiento de cualquiera de los pagos mencionados anteriormente:
A) Cancela la reserva o venta de espacio.
B) Ocasiona al expositor la pérdida total de las sumas que anteriormente hubiere abonado, las que serán tomadas en CONCEPTO DE INDEMNIZACION.
C) Faculta al C.E a adjudicar el espacio a terceros. La mora será automática produciéndose de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin necesidad de que medie comunicación de ninguna índole, interpelación judicial o extrajudicial alguna.
6.10 C.D.C se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan por falta de pago. A tales efectos las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de esta Capital con rechazo de cualquier otra jurisdicción. La mora se establece de manera automática.
6.11 Si en la fecha establecida para el armado de la exposición se adeudaran importes por cualquier concepto no le será permitido el ingreso al predio, ni el armado de stand pudiendo el C.E disponer del espacio, sin indemnización ni reintegro alguno. De la misma manera se adoptará la misma postura inapelable con aquellos expositores que adeuden Planos, fichas técnicas o cualquier información referente al armado del stand requerida por el CE y la intendencia.
6.12 Si por cualquier motivo una vez efectuado el pago total o parcial, el expositor renuncia a su participación o se ve imposibilitado de participar en la Exposición, perderá todo derecho a la devolución del importe ya abonado. En el caso que el lote que se le adjudico pudiera ser colocado a otra empresa, se le devolverá el importe pagado, con deducción de un 30% (treinta por ciento) del valor total del lote por concepto de gastos administrativos, comisiones, etc. Dicho importe le será reintegrado una vez que fuera abonado por el nuevo adquirente en su totalidad.
6.13 El C.E tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros los espacios abonados que no fueran ocupados al vencimiento del plazo que se estipule para la finalización del armado (colocar los productos) y o construcción del stand, perdiendo el expositor todo derecho a la devolución del importe ya abonado.
7 SERVICIOS PROVISTOS POR LA EXPOSICION
7.1 Seguridad y Vigilancia:
A) El C.E establecerá personal de vigilancia general responsable del orden y de la atención de imprevistos no siendo responsables de robos y hurtos. Durante las horas de cierre al público no podrá permanecer dentro del recinto y de la Exposición otro personal que el de vigilancia citado y el personal de dependencia del expositor que cuente con autorización escrita del C.E.
B) El personal de vigilancia que el expositor contrate, deberá contar con autorización
especial por escrito aprobada por el C.E.
7.2 Limpieza: El C.E. dispondrá de personal de limpieza para los espacios comunes.
La misma se realizará en forma integral mientras la feria esta cerrada y se mantendrá durante la permanencia de visitantes y expositores. La limpieza de stand es por cuenta y cargo del expositor, que deberá solicitarla a la empresa que preste servicio designada por el C.E. previa autorización del mismo.
7.3 Energía : Todos los stand se proveen con 1Kw cada 10m ² de superficie.
8. RESPONSABILIDADES
8.1 El expositor será el único responsable por los daños causados a su personal y/o a sus cosas por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, granizo, lluvia, terremoto, ciclón, ventisca, penetración de agua, humedad, accidente, conmoción civil, sabotaje u otras causas cualquiera sea su origen, y será así mismo responsable por los daños y/o perjuicios personales y/o materiales ocasionados dentro y fuera de su stand por su personal. En consecuencia el expositor está obligado a asegurar contra todo riesgo que cubran la totalidad de los riesgos descriptos, por todo el tiempo que se encuentre en posesión del espacio, incluido la construcción del mismo y desarme del mismo.
8.2 El C.E. trasladará a los expositores el monto de los deterioros que sus constructores de Stand, camiones y/o fletes de sus empresas, contratados por su cuenta o por cuenta de sus constructores de Stand, causen a las instalaciones del predio en su totalidad; tanto fijas como provisorias.
8.3 El C.E. no se hace responsable por los daños que pueden producir al expositor la deficiencia de las
instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües, etc. Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho y/o evento al que sea ajeno se produjera la interrupción de estos servicios.
8.4 Los Expositores nacionales podrán efectuar ventas de sus productos de acuerdo a lo que se establece en el presente reglamento, pero está prohibido retirar aquellos que estén en exhibición.
Los Expositores internacionales tendrán prohibida la venta de los productos incluidas las muestras que exhiban.
8.5 El C.E. está facultado para prohibir la Exhibición y venta de los artículos que considere inadecuados a la temática y/o jerarquía de la Exposición.
8.6 Solo se permitirá la comercialización o publicidad dentro del stand de la empresa
locadora de Stand y para la entrega de folletos, panfletos, propaganda o publicidad no esta permitido hacerlo a una distancia mayor a 50 cm de los limites del stand de la empresa locadora.
8.7 El C.E. no se responsabiliza por los equipos y/o productos que estén en la muestra y no cumplan con
las normas actuales, ya que las Empresas que se exhiban y participen de la muestra deben cumplir con todas las normas y requisitos legales vigentes a la fecha. Con independencia del resto de la totalidad de la legislación a cumplir, se aclara puntualmente que las empresas productoras o importadoras deberán contar con la disposición habilitante de la A.N.M.A.T. para funcionar. Al respecto, el C.E. no se responsabilizará por las eventuales infracciones en las que los mismos pudiesen incurrir.
8.8 El expositor es responsable de la seguridad de su stand durante el horario de visita, como así también su responsabilidad se extiende durante todo el plazo y horario que se halle en posesión del espacio.
9. RESPONSABILIDADES IMPOSITIVAS y HACIA LA EXPOSICIÓN
9.1 Los expositores asumen plena y exclusiva responsabilidad por el pago de tasas, impuestos y contribuciones que graven las actividades que se desarrollen en su stand.
9.2 Los expositores deberán ajustarse a las normas de facturación que fija la A.F.I.P. para este tipo de
eventos.
9.3 Los expositores deberán observar los periodos de montaje, a los fines de que la ejecución de su stand finalice según el plan de tiempos
9.4 El expositor está obligado a cubrir la atención de su stand todos los días, 30 minutos antes de la hora de apertura y 15 minutos después del cierre.
9.5 El horario de ingreso a la exposición de los productos destinados a la exhibición y/o venta, y los necesarios para el mantenimiento o funcionamiento del stand, será únicamente el que oportunamente comunique el C.E. Cualquier excepción al mismo únicamente debe ser autorizada por escrito por el C.E.
9.6 Los expositores tendrán a su cargo la limpieza de su respectivo stand, quienes tendrán la obligación de mantenerlo en condiciones impecables durante la permanencia de los visitantes a la exposición. Para ello cuentan con el tiempo previo a la apertura establecido, debiendo depositar los residuos en los contenedores provistos a tal efecto y nunca en los pasillos.
9.7 Los expositores están obligados a desarmar y retirar los elementos constructivos del stand y devolver el espacio provisto por CDC en perfectas condiciones y libre de personas y cosas según lo establece el plan de tiempos.
9.8 El incumplimiento de la fecha para desocupar el espacio, autoriza al C.E a efectuarlo por cuenta, cargo y riesgo del expositor. CDC no reconocerá reclamos de ninguna naturaleza proveniente de la realización compulsiva de tal desarme.
9.9 En los días y horarios establecidos para el armado y desarme, la seguridad para todos los elementos del stand será por cuenta y riesgo exclusivo del expositor.
9.10 El CE entregara a todos aquellos expositores que hayan cumplimentado sus obligaciones descriptas en el presente reglamento un “Permiso de Iniciación de montaje” el mismo les permite y autoriza el ingreso para el comienzo del armado del stand. Una vez presentado al Predio dentro del pabellón se le hará entrega del lote haciéndole firmar una “Recepción del Lote” donde constará el estado de todos y cada uno de los elementos constitutivos del stand. Una vez finalizada la Feria y haber desarmado su stand se les otorgará el “Permiso de Salida” donde se deja constancia en el estado en que se devuelve lo entregado en la recepción del lote otorgándole la salida correspondiente. Si en esta oportunidad se constatara cualquier tipo de daño o faltante de lo entregado el CE estará facultado a pedir el reintegro correspondiente de lo dañado a través de la emisión de una factura en concepto de los materiales dañados a cada expositor.
10. OBLIGACIONES Y SANCIONES
10.1 Todas las estipulaciones del presente Reglamento General, circulares, comunicados técnicos, plan de tiempos, superficies, precios, son de cumplimiento obligatorio. Así también como las normas legales vigentes, en especial las de ANMAT, seguridad, higiene, laborales, previsionales, de orden público, impositivas, administrativas, etc. Son también de cumplimiento obligatorio disposiciones obrantes en el reglamento general de Exposiciones dictado por las autoridades de Centro de Exposiciones del Complejo Ferial Córdoba de la Ciudad de Córdoba, así como todas aquellas de orden público que fueren de aplicación.
Los Expositores que se aparten de la letra o espíritu de las presentes normas podrán ser pasibles de la clausura total y definitiva del stand por parte de la CE, generando por ello causa suficiente y justificada para la rescisión del contrato por parte de la CE, sin necesidad de interpelación alguna ni indemnización o reintegro de ninguna especie, esto sin perjuicio de las sanciones que dispusieren los organismos públicos enunciados en el segundo párrafo de este punto.
10.2 En casos excepcionales las autoridades del C.E. y de la CDC se reservan el derecho a efectuar modificaciones al presente reglamento que a su mejor entender considere conveniente para el mayor éxito de la Exposición y que serán de cumplimiento obligatorio para todos los expositores.
10.3 Las autoridades de la Exposición realizaran sucesivas inspecciones durante el desarrollo del montaje de stand para verificar el correcto cumplimiento de las normas respectivas. Queda debidamente aclarado que en los casos en que no se proceda a la inmediata corrección de las observaciones efectuadas, el C.E podrá ejecutarlas por cuenta y a cargo de la Firma expositora.
10.4 Por toda controversia surgida del presente reglamento las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Córdoba, renunciando en forma expresa al fuero federal y a cualquier otro de excepción que pudiere corresponder.
10.5 Cualquier tipo de reclamo que quisieran presentar los expositores sobre el cumplimiento de las obligaciones a cargo de CDC deberá ser presentado por escrito y de manera fehaciente, debidamente fundado ante el C.E antes de la finalización del periodo de desarme de la Exposición. El incumplimiento de esta carga hará decaer el derecho de presentarlo en el futuro.
10.6 Las Sanciones que se aplicaren por violación de este reglamento general estarán a cargo de CDC, en los casos de no socios se les podrá negar el ingreso a próximas Exposiciones, en casos de socios de CDC las sanciones podrán ser desde un apercibimiento, quitar los derechos de socio por un tiempo determinado y hasta la expulsión de la firma asociada, según fija el estatuto de dicha entidad.
11. APLAZAMIENTO-ANULACION
En caso fortuito o de fuerza mayor el C.D.C. se reservan el derecho de modificar las fechas, horarios o planos previstos. En caso de anulación forzosa se devolverán las sumas pagadas por los expositores, previa deducción a prorrata de los gastos efectuados sin indemnización alguna.
12. funcionamiento de la feria
12.1 HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DE LA FERIA
Expodent Córdoba 2011 estará habilitada al profesional Odontólogo, estudiantes, técnicos dentales e invitados especiales los días durante los días 17, 18, 19 y 20 de Agosto de 2011. El horario de atención de la Feria será según el siguiente detalle: Miércoles17 de 14 a 20,00 hs. – Jueves 18 de 14,00 a 20,00 hs. – Viernes 19 de 14,00 a 20,00 hs. y Sábado 20 de 10,00 a 17,30 hs.
12.2 El C.E se reserva el derecho de alterar los horarios, si lo considera necesarios para un mayor éxito de la feria.
12.3 INGRESO A LA EXPOSICION:
A) Durante el montaje y el desarme.
El día y horario de ingreso serán los que figuren en el plan de tiempos a través de circulares.
Para las operaciones de carga y descarga de materiales desde los vehículos estacionados en la playa interna del predio, se establece un plazo de 30 minutos para autos, 1 hora para camionetas y 1hora 30 minutos para camiones.
B) Durante el desarrollo de la feria:
Los ingresos de los expositores serán desde 30 minutos antes de la apertura de la Exposición y hasta 15 minutos después de los horarios establecidos.
El expositor que por razones especiales necesite ingresar con 60 minutos de anticipación al horario de apertura deberá solicitarlo a la secretaria de la Exposición con una anticipación de 24 horas .
Esta prohibido ingresar mercadería durante el horario de apertura a visitantes, en caso de fuerza mayor deberá dirigirse a la secretaria de la Exposición para la autorización, o no del ingreso de dicha mercadería.
13. CREDeNCIALES
13.1 El C.E. entregara a los expositores credenciales destinadas a:
A) Directivos y Ejecutivos de Empresa Expositora.
B) Personal de atención de Stand de Empresa Expositora.
c) Personal (técnicos) de armado y desarme stand.
D) Invitaciones generales.
E) Estacionamiento.
13.2 Estas credenciales se entregaran al expositor una vez efectuada la totalidad de sus pagos, y con la emisión del libre deuda, permitiendo así el acceso al predio para comenzar las obras .
13.3 Todas las credenciales se entregaran con nombre, apellido y código de barra, NO se entregaran credenciales en blanco.
13.4 Las credenciales serán confeccionadas y entregadas de acuerdo al plan de tiempos.
13.5 Las empresas deberán enviar la nomina de directivos y empleados de la empresa, cuyas credenciales serán validas para una persona e intransferibles. Tendrán claramente leyenda identificadora de EXPOSITORES.
13.6 Las empresas deberán enviar la nomina de los constructores de stand, estas credenciales serán validas solo durante el periodo de montaje y desarme, no asi durante el transcurso de la feria.
13.7 El uso indebido de las credenciales faculta al C.E a retirar y prohibir la entrada a la exposición de las personas implicadas en dichas anomalías.
13.8 Los expositores que acrediten personas de otras empresas que no sea la Expositora, serán totalmente responsable por el accionar de las mismas, aplicándoseles las sanciones correspondientes y respondiendo por ellas tal lo establecido en el punto 8.1.
13.9 Las únicas invitaciones aceptadas por los controles de puertas para permitir el acceso a Expodent Cordoba 2011, serán las oficiales entregadas por el C.E. No tendrá validez ningún otra invitación que se pudiese presentar al acceso de la exposición.
13.10 Las credenciales de estacionamiento para los expositores y su personal deberán ser exhibidas, en caso de ser requerido el examen de los bultos y/o vehículos que entren y/o salgan del local de exposición.
14 . ACCIONES DE PROMOCION
14.1 Toda forma de publicidad y o promoción dentro del stand es libre, siempre que su contenido no suponga una infracción a las disposiciones vigentes y que se adecue a lo establecido en las normas para la realización de stand dispuestas en el REGLAMENTO DE STAND.
14.2 Los equipos de sonido (radios, micrófonos, televisores, audiovisuales, etc.) Que se instalen en funcionamiento permanente o de demostración deberán operar acústicamente aislado no debiendo exceder los 40 dB decibeles el nivel de presión sonora medido a un metro del perímetro del stand. Los expositores asumen la total responsabilidad por los pagos que deban efectuarse a SADAIC, AADICAPIF, ARGENTORES por la música y o videos que se difundan en los respectivos stand.
14.3 Queda prohibido dentro de los límites del predio ferial, todo tipo de publicidad que no se encuentre dentro de los stand contratados, o haya sido especialmente convenido y abonado a C.D.C.
15. PROHIBICIONES DURANTE LA FERIA
15.1 Realizar juegos de azar (excepto los casos previamente solicitados y autorizados por el C.E )
15.2 Dentro de la feria, los expositores no podrán realizar ningún tipo de publicidad y o promoción fuera de su stand.